Apúntalo en tu calendario, a partir del 2 de enero entra en vigor la reducción del límite de velocidad de 100 a 90 km/h en 7.000 kilómetros de carreteras convencionales de nuestra geografía.  Todo con el objetivo de reducir los accidentes en carreteras convencionales, que acumulan el 75% de accidentes. mortales en España.

Esta medida de la Dirección General de Tráfico  es una de las que forman parte del nuevo paquete de medidas que modificará el Reglamento General de Circulación con el objetivo frenar la siniestralidad en las carreteras. Desde la pérdida de seis puntos del carné por utilizar el móvil hasta sanciones más duras para los que corran al volante.

Límite de velocidad según vehículo

  • 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones.
  • 90 km/h para coches y motos.
  • 100 km/h para turismos y motocicletas cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación.

No todas las carreteras con un arcén inferior a 1,5 metros deberán limitar su velocidad máxima a 90 km/h: hay una excepción.

Según recoge el anteproyecto legislativo presentado por la DGT, las carreteras que tengan una separación física de los dos sentidos (quitamiedos o bloques de hormigón) podrán mantener el límite de velocidad de 100 kilómetros por hora.

Así, la Dirección General de Tráfico aspira a reducir la cifra de 1.200 muertos en las carreteras registrada en año pasado.

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